La semilla que dio origen a COESSA germinó en el Fondo de Ayuda Mutua de los operadores de la Subestación Barbosa creada el 1 de junio de 1981 por los señores Carlos Julio Rodríguez Carlier (QEPD), Hernando Flórez, Luis Alberto Quiroga y Gilberto Rodríguez Galvis, quienes de una manera empírica decidieron crear un fondo de ahorro común que les permitiera ayudarse mutuamente en los momentos de necesidad económica es así como el 1 de junio de 1981 establecieron un reglamento contenido en 14 artículos en los cuales se fijaban las pautas que iban a regir al naciente fondo entre ellos l a aportación mensual de $250 y un aporte extraordinario en junio y diciembre de $500.

Esta idea despertó el interés del personal que laboraba en ese entonces en la Electrificadora de Santander zona Barbosa y viendo la posibilidad de reunir un buen numero de personas se gestó en este grupo de trabajadores la idea de fundar una cooperativa conforme a las normas vigentes en ese entonces y fue así como el 13 de agosto de 1989 se realizó la Asamblea General de Constitución con la asistencia de los primeros socios quienes lograron reunir un capital inicial por valor de $1.341.500, correspondiente a la cuarta parte del capital suscrito.

COESSA obtuvo el reconocimiento de la personería jurídica No 1204 el 11 de mayo de 1990 por parte de EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE COOPERATIVAS “DANCOOP”; cuando el número de asociados ascendía a 51, inicialmente COESSA tuvo dentro de su objeto social además de la sección de Ahorro y Crédito la Sección de Comercialización y consumo. En la búsqueda de adaptarse a la normatividad vigente y de procurar el beneficio de sus asociados ha realizado reforma de estatutos en los años 1993, 1996, 2000, 2008, 2011 y 2014, la primera reforma de estatutos obedeció al deseo visionario de sus directivos de hacer crecer la cooperativa ampliando sus secciones en la búsqueda de un mejor desempeño.

En el año 2001 los directivos de COESSA enfrentaron el desmonte de la Sección de Ahorro y la devolución de todos los dineros captados de los asociados; también se incursionó en la comercialización de materiales eléctricos y venta de medidores de energía; sección que también debió desmontarse para salvaguardar la estabilidad financiera de Coessa, pues no se disponía de infraestructura física para mantener saldos inventario suficientes que permitieran la competitividad de precios en el mercado regional.

Se compró un terreno en la vereda El Amarillo que posteriormente fue vendido pues se determinó que eran necesarios los recursos para la colocación de créditos; actualmente se mantiene como fuente de ingresos el recaudo de servicios públicos y la colocación de cartera.

Igualmente la cooperativa ha destinado los recursos del fondo de educación para propender por el bienestar de los alumnos menos favorecidos del instituto integrado de comercio en sus sedes escuela El Amarillo, escuela Francisco de Paula Santander, Gaitán, Pozo Negro y el ITAPEC (INSTITUTO TECNICO AGROPECAUARIO DE CITE); de la misma manera se ha apoyado económicamente a la Fundación Esperanza del que sufre y el Ancianato

Las situaciones difíciles no han sido ajenas a Coessa pero las crisis generan oportunidades y los Consejeros de turno se han movido rápido en búsqueda de soluciones, que procuren mantener la base social de la entidad, la estabilidad económica y el retorno a todos los asociados.

Ha sido muy importante el sentido de pertenencia de los asociados que han aún permanecen, como también el de los consejeros que saben de la gran responsabilidad que tienen bajo sus hombros, al frente de esta cooperativa buscando siempre el bienestar de todos sus asociados con equidad y justicia. En hora buena para todos estos primeros veinticinco años de trabajo, compromiso, dedicación, solidaridad, fraternidad, compartir y ayuda mutua. Que podamos Dios mediante poder seguir disfrutando de maravillosos compañeros, y servirles con eficiencia y oportunidad.

hisoria

El objeto social de la Cooperativa y todas sus actividades se desarrollarán aplicando los valores universales del cooperativismo a saber

  • Ayuda mutua

  • Responsabilidad

  • Democracia

  • Igualdad

  • Equidad

  • Solidaridad

  • Honestidad

  • Transparencia

  • Preocupación por los demás

valores

En COESSA LTDA. LTDA los servicios que se prestan se regularán atendiendo los principios universales del Cooperativismo

  • Adhesión voluntaria y abierta.

  • Gestión democrática por parte de los asociados.

  • Participación económica de los asociados.

  • Autonomía e independencia.

  • Educación, formación e información.

  • Cooperación entre cooperativas.

  • Compromiso con la comunidad.

principios

1. Actuar de acuerdo con las disposiciones.


La actuación como empleados, integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control y asociados en general de la cooperativa, debe estar alineada a las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter general expedidas por las autoridades competentes, así como a la normatividad de las entidades reguladoras, para lo cual se requiere tener un conocimiento de la normatividad en general. Según este principio los empleados de la cooperativa deberán

  • Abstenerse de ejecutar tareas que sean contrarias a la regulación vigente o a las prácticas del mercado y en su caso, informar de ello a su jefe inmediato.

  • Supervisar que los compañeros de labor realicen sus actividades conforme al régimen legal vigente y a las sanas prácticas del mercado.

  • Promover con el ejemplo, la rectitud de la actuación con los demás compañeros.

  • Prevenir para que la cooperativa sea utilizada para apariencia de legalización de dineros ilícitos y financiación de actividades terroristas.

  • Informar a las instancias competentes sobre operaciones inusuales y/o sospechosas de que tenga conocimiento, a través del empleado de cumplimiento.


2. Hacer prevalecer el interés del asociado .


Es indispensable que los empleados y los integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control, generen confianza entre ellos, a través de una actuación transparente, imparcial y de buena fe, sin anteponer intereses personales o de terceros. Según lo anterior, deberán

  • Identificar los objetivos de inversión de los asociados de tal forma que los productos y servicios que se recomienden sean satisfactorios y apropiados de acuerdo con el portafolio de servicios y productos de la Cooperativa.

  • Proporcionar a los asociados toda la información que esté disponible y que sea de importancia para poder tomar la decisión correcta y oportuna.

  • Asegurar que los asociados conozcan integralmente las operaciones que realizan, así como los posibles riesgos y limitaciones que tienen.

  • Ejecutar las operaciones con transparencia y de acuerdo con la normatividad vigente.

  • Hacer entrega de los respectivos contratos de los productos una vez se realice la apertura de los mismos, así como el debido soporte de las transacciones.

  • Toda publicidad que realice la cooperativa será precisa y verdadera, nunca será aceptable transmitir mensajes engañosos, u omitir hechos o información importantes.


2. Hacer prevalecer el interés del asociado .


Es indispensable que los empleados y los integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control, generen confianza entre ellos, a través de una actuación transparente, imparcial y de buena fe, sin anteponer intereses personales o de terceros. Según lo anterior, deberán

  • Identificar los objetivos de inversión de los asociados de tal forma que los productos y servicios que se recomienden sean satisfactorios y apropiados de acuerdo con el portafolio de servicios y productos de la Cooperativa.

  • Proporcionar a los asociados toda la información que esté disponible y que sea de importancia para poder tomar la decisión correcta y oportuna.

  • Asegurar que los asociados conozcan integralmente las operaciones que realizan, así como los posibles riesgos y limitaciones que tienen.

  • Ejecutar las operaciones con transparencia y de acuerdo con la normatividad vigente.

  • Hacer entrega de los respectivos contratos de los productos una vez se realice la apertura de los mismos, así como el debido soporte de las transacciones.

  • Toda publicidad que realice la cooperativa será precisa y verdadera, nunca será aceptable transmitir mensajes engañosos, u omitir hechos o información importantes.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE ACTUACIÓN
  • Este principio tiene como propósito fundamental evitar el uso y la difusión indebida de información de carácter confidencial

  • La información que se asigne a cada persona como administrador, empleado de la Cooperativa o funcionario de otras entidades que efectué labores para la cooperativa, no debe ser proporcionada a personas externas, ni a empleados que no la requieran dadas sus funciones operacionales.

  • Así mismo no debe ser utilizada para beneficio personal ni de terceros diferentes a la cooperativa. Tanto la cooperativa como sus integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control, y los empleados deben proteger y salvaguardar la información que les ha sido dada a conocer por sus asociados y aquella propia de carácter confidencial, salvo los casos en que las autoridades competentes la requieran.

  • No revelar información de la entidad a personas que no pertenezcan a ella o que perteneciendo no la requieren dadas sus funciones, o no tengan autorización para conocerla.

  • No utilizar la información confidencial a la que han tenido acceso, en beneficio propio o de terceras personas o en perjuicio de terceros.

  • Abstenerse de suministrar información a terceros sobre los datos personales de los asociados y aquellos asuntos sujetos a reserva bancaria.

  • Mantener la reserva de la información en los sitios de trabajo, en el hogar, en compromisos sociales y en lugares públicos, evitando hacer comentarios que puedan perjudicar los intereses de la entidad, de sus integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control, empleados o de sus asociados.

  • Mantener en reserva y debida custodia todas las claves y/o códigos de acceso a los sistemas de la entidad que le sean asignados.

  • Abstenerse de abrir y leer correspondencia confidencial de otros destinatarios.

  • Informar los hechos delictivos a las autoridades judiciales y suministrar la información que sea requerida por las correspondientes autoridades. En todo caso no se debe informar al asociado acerca de las investigaciones en curso.

  • • La cooperativa y sus empleados no podrán dar a conocer a las personas que hayan efectuado o intenten efectuar operaciones sospechosas, que estén registradas en listas de control, o que se han comunicado a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), o la entidad que corresponda, información sobre las mismas y deberá guardar reserva sobre dicha información. (Art.105 del E.O.S.F.).


2. Hacer prevalecer el interés del asociado .


Es indispensable que los empleados y los integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control, generen confianza entre ellos, a través de una actuación transparente, imparcial y de buena fe, sin anteponer intereses personales o de terceros. Según lo anterior, deberán

  • Identificar los objetivos de inversión de los asociados de tal forma que los productos y servicios que se recomienden sean satisfactorios y apropiados de acuerdo con el portafolio de servicios y productos de la Cooperativa.

  • Proporcionar a los asociados toda la información que esté disponible y que sea de importancia para poder tomar la decisión correcta y oportuna.

  • Asegurar que los asociados conozcan integralmente las operaciones que realizan, así como los posibles riesgos y limitaciones que tienen.

  • Ejecutar las operaciones con transparencia y de acuerdo con la normatividad vigente.

  • Hacer entrega de los respectivos contratos de los productos una vez se realice la apertura de los mismos, así como el debido soporte de las transacciones.

  • Toda publicidad que realice la cooperativa será precisa y verdadera, nunca será aceptable transmitir mensajes engañosos, u omitir hechos o información importantes.


2. Hacer prevalecer el interés del asociado .


Es indispensable que los empleados y los integrantes de los órganos de administración, vigilancia y control, generen confianza entre ellos, a través de una actuación transparente, imparcial y de buena fe, sin anteponer intereses personales o de terceros. Según lo anterior, deberán

  • Identificar los objetivos de inversión de los asociados de tal forma que los productos y servicios que se recomienden sean satisfactorios y apropiados de acuerdo con el portafolio de servicios y productos de la Cooperativa.

  • Proporcionar a los asociados toda la información que esté disponible y que sea de importancia para poder tomar la decisión correcta y oportuna.

  • Asegurar que los asociados conozcan integralmente las operaciones que realizan, así como los posibles riesgos y limitaciones que tienen.

  • Ejecutar las operaciones con transparencia y de acuerdo con la normatividad vigente.

  • Hacer entrega de los respectivos contratos de los productos una vez se realice la apertura de los mismos, así como el debido soporte de las transacciones.

  • Toda publicidad que realice la cooperativa será precisa y verdadera, nunca será aceptable transmitir mensajes engañosos, u omitir hechos o información importantes.

Principios de confidencialidad en la conducta de administradores y empleados